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Sala Capitular de Cabarete rechaza suspensión del Director Canoa

audiencia preliminar canoa 050713

En Cabarete, parece que la ley es lo que el Director de la Junta Distrital, Gabriel Mora, alias Canoa, dice que es la ley.  Según la ley 176-07, articulo 44, todos regidores, síndicos y directores municipales mandados a juicio de fondo por violaciones de ley que llevan penas de prisión serán suspendidos de sus funciones por la sala capitular del municipio.  Canoa, junto con el ex-Director del Ayuntamiento Distrital Eddy Morfe, fueron mandado a juicio de fondo el 21 de octubre por corrupción.  El 22 de octubre las salas capitulares de Cabarete y Sosúa fueron notificados por La Fundación Justicia y Transparencia, ADECA y la vice-sindica de Cabarete Raquel Sierra de su obligación de suspenderlo a Canoa de sus funciones.

En una sesión de la sala capitular de Cabarete el 24 de octubre, dirigida por Canoa y asistido por sus dos regidores leales, rechazaron suspenderlo a Canoa, declarando que la ley 176-07 articulo 44 es inconstitucional.  Basaron su decisión en la opinión del abogado de Canoa de que la constitución garantiza que todo individuo es inocente hasta declarado culpable por un corte.  La acta de la sesión no explica como una sala capitular de un distrito municipal tiene la autoridad de desacatar una ley nacional y declararla inconstitucional.

Ahora el tema de la suspensión de Canoa mueva a la sala capitular de Sosúa que tiene la última responsabilidad al nivel municipal.

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