28.10.14 SANTO DOMINGO. La Procuraduría General de la República solicitó a la Suprema Corte de Justicia declinar por ante otra jurisdicción distinta a la Cámara Penal de la Corte de Apelación de Puerto Plata, el juicio que se le sigue al director de la Junta Distrital de Cabarete, Gabriel Antonio Mora Ramírez, acusado de presuntos actos de corrupción.
En una instancia, Francisco Domínguez Brito consideró que existen razones objetivas “que nos hacen dudar de la imparcialidad de los jueces que componen la Corte de Apelación”.
Plantea que existen denuncias serias y reiteradas de que la imparcialidad de los magistrados estaría seriamente afectada, “pues es un hecho manifiesto la voluntad de estos de favorecer los intereses que en el proceso en cuestión representa el Dr. Pedro Virgilio Balbuena Batista, en su calidad de defensa técnica del acusado Gabriel Antonio Mora Ramírez, en varias instancias como consta en documentos anexos”.
Entiende la realidad material es que, aunque en algunas instancias detenta la calidad de juez, en otras es abogado de la defensa y otra interviniente forzoso, el ex juez de la Corte es quien dirige el equipo de defensa.
Cree que es un hecho notorio que los jueces de la Corte debían hasta agosto de 2013 obediencia jerárquica a quien era su presidente.
“Todo parece indicar que lo adecuado para un proceso como el de la especie, de cara a las serias denuncias que se han formulado, correspondería apoderar del conocimiento del proceso completo a una jurisdicción que se encuentra en mejores condiciones para conocer el asunto de que se trata”.
Los motivos de la recusación
El Procurador resalta que existen motivos serios y legítimos para disponer la declinatoria del conocimiento del juicio por ante una jurisdicción distinta que ofrezca mayores condiciones de imparcialidad para que pueda ser conocido con apego al debido proceso. El proceso está tipificado como prevaricación, desfalco y asociación de malhechores. El otro imputado del proceso es Eddy Ramón Morfe de la Cruz, en alegada distracción de fondos públicos.