Sentencia de la corte civil de Puerto Plata ordena a la Procuradoria de dar el auxilio de la fuerza publica en Encuentro

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Playa Encuentro
El juez Nassin Ovalle en el descenso de la playa Encuentro

La procuradoria de Puerto Plata desacató la sentencia 271-2018-SSEN-00588 del 26 septiembre 2018 donde ellos tenia que dar el auxilio de la fuerza publica para abrir el camino viejo de playa Encuentro. La sentencia salió en favor de la asociación APRODELAPEN que defiende el camino viejo de Encuentro que da acceso a la playa Encuentro famosa para surfing.

La compañía Calpe en su deseo de privatizar la playa, cierró el camino viejo, desalojó ilegalmente las escuelas de surf y construyó 4 escuelas que operan ilegalmente en la playa Encuentro. Todo eso en los 60 metros de dominio publico.

Al frente de una procuradoria que no quiere actuar, los abogados José Ramón Valbuena Valdez y José Alejandro Jiménez Almonte hicieron una demanda en referimiento en contra de la procuradoria de Puerto Plata para obligar la procuradoria de cumplir con la fuerza publica.

La compañía Calpe hizo una intervención voluntaria para ese proceso y el juez Nassín Eduardo Ovalle Estévez declaro nula y sin valor jurídico las actuaciones procesales de los Licenciados Luis E. Peláez Esterlin y Luis A. Peláet Esterlín, y/u del senor Sigud Sandvik, por no contar con el debido poder para actuar en justicia.

El fallo de la demanda en referimiento favorece la asociación APRODELAPEN y ordena a la procuradoria de dar el auxilio de la fuerza publica y un astreinte de RD 3,000 al procurador Oswaldo Bonilla a partir de los 3 días que sea notificada la sentencia.

FALLO:

PRIMERO: en cuanto al fondo, acoge parcialmente la demanda en referimiento en concesión de fuerza pública, y en consecuencia, ordena al Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Puerto Plata, disponer el auxilio de la ‘fuerza pública, a la parte ahora demandante, a fin de llevar a cabo la ejecución total de la sentencia número 271-2018-SSEN-00588, de fecha 26-9-2018, dictada por la Primera Sala de la Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata.

TERCERO: impone al Procurador Fiscal del Distrito Judicial de Puerto Plata, Licdo. Osvaldo Bonilla Hiraldo, la obligación de pagar un astreinte de sólo Tres Mil Pesos Dominicanos (RD$3,000.OO), por cada día dejado transcurrir sin cumplir con lo que se le ordena en el ordinal primero de la presente decisión, a partir de los tres días calendario luego de notificada la presente decisión.

Ese fallo es una victoria para la comunidad de Cabarete que siempre ha sido perjudicado por inversionistas privados en complicidad con autoridades corruptas.

Playa Encuentro