La Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, mediante la Sentencia civil núm. 271-2021-SSEN-00531, de fecha treinta y uno (31) del mes de agosto del año dos mil veintiuno (2021), procedió a condenar a las empresas Mesa Investment Limited, C por A e Inversiones Calpe, S. R. L., al pago de 349 días ascendente a la suma de Tres Millones Cuatrocientos Noventa Mil Pesos Dominicanos (RD$3,490,000.00), por el no cumplimiento de la Sentencia civil No. 271-2018-SSEN-00588, dictada veintiséis (26) del mes de septiembre del año dos mil dieciocho (2018), dictada por la Primera Sala de Cámara Civil y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Judicial de Puerto Plata, ratificada mediante la Sentencia TC/0106/19, emitida por el Tribunal Constitucional, en fecha veintisiete (27) del mes de mayo del año dos mil diecinueve (2019), el retiro de obstáculos del camino público “camino viejo” como comúnmente le conocen los moradores cabaretenses.
Esta sentencia es emitida a propósito de la interposición de dos demandas civiles; una lanzada el 22-01-2019 y la segunda interpuesta en fecha 04-08-2020, interpuestas por la Asociación para la Protección, Desarrollo y Libre Acceso en Playa Encuentro (APRODELAPEN), a través del Licdo. José Ramón Valbuena Valdez, a fin de hacer constreñir a las empresas Mesa Investment Limited, e Inversiones Calpe, para dar cumplimiento a la Sentencia de Amparo No. 271-2018-SSEN-00588.
Uno de los fundamentos del tribunal lo fue la inspección realizada por el Magistrado Juez de la honorable Primera Sala de lo Civil y Comercial, en fecha diez (10) del mes de febrero del año dos mil veinte (2020), a la denominada Playa Encuentro, situada en el Distrito Judicial de Puerto Plata, Municipio de Sosúa, Provincia de Puerto Plata, en donde pudo constatar entre otras cosas lo siguiente: “Al llegar al lugar donde la vía de entrada que se encuentra por la urbanización Vista del Caribe, frente a la Playa Encuentro, justo cuando dicha vía deja de ser perpendicular al mar para convertirse en paralela al mismo, del lado izquierdo del camino se encuentra un letrero colocado en un tubo de metal que indica Propiedad Privada, al lado derecho del final de la vía perpendicular al mar, SE ENCONTRABA UN AGENTE MILITAR QUE A SER CUESTIONADO POR EL JUEZ, se identifico como el CABO FRICA SANCHEZ, quien expreso que se encontraba en la propiedad en REPRESENTACIÓN DEL MINISTERIO DE DEPORTES, comprobando el espacio en donde termina la vía perpendicular al mar de unos pocos metros, no permite que ninguna persona acceda al agua o la playa, sin poner su vida en riesgo, porque se trata de un PEQUEÑO FARALLON SIN ACONDICIONAMIENTO, es decir, no hay acceso directo a la playa por dicho espacio“.
Conforme a la indicada Sentencia civil núm. 271-2021-SSEN-00531, el Juez pudo verificar que las empresas no han retirado los obstáculos del camino público “camino viejo”, el cual se encuentra registrado desde el año 1910 en el Departamento de Catastro del Ayuntamiento Municipal de Sosúa.
Esta es una de tantas acciones en que la fundación Asociación para la Protección, Desarrollo y Libre Acceso en Playa Encuentro (APRODELAPEN), obtiene ganancia de causa, sin embargo, pese a estos logros para desprivatizar la denominada Playa Encuentro, aun a la fecha no ha sido posible la ejecución, en razón de que el auxilio de la fuerza púbica por parte de la Fiscalía de Puerto Plata no ha sido entregada.
Las sospechas y denuncias que hizo este medio en años anteriores en que habían intereses en la denominada Playa Encuentro por parte de funcionarios del Estado quedó al desnudo con la comprobación realizada por el juez, la comunidad y los lugareños de Cabarete quienes asistieron al citado descenso.